El derecho a amamantar

Lun, 12/07/2015 - 18:09
Dar pecho es un tema primordial para las madres que trabajan, para así poder defender la lactancia y evitar fracasos en la misma.
“Las mamás no quieren dar pecho por miedo a perder la figura, pero para mí es superimportante. Mi  hijo no se ha enfermado,  nada de resfriados ni cólicos”, con esta frase, Katy —mamá de un bebé de siete meses—  contestó ante la necesidad de dar pecho a su hijo.   
 La lactancia materna tiene una mayor repercusión en la  supervivencia de los niños que cualquier otra intervención preventiva, ya que puede evitar 1.4 millones de muertes de niños menores de cinco años en el mundo en desarrollo (“The Lancet”, 2008). Aquí en Panamá, la  Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (Enasser) 2009 reveló que  solo el 41.9% de los niños menores de 5 años recibió lactancia materna exclusiva durante sus primeros seis meses. 
 
Pero ¿cómo las mujeres trabajadoras pueden seguir haciéndolo? El Código de Trabajo, en su artículo 114, menciona que toda madre, cuando esté lactando, dispondrá  de 15 minutos cada tres horas, o si lo prefiere, de media hora dos veces al día durante sus horas  laborables, con el objeto de alimentar a su pequeño.  
 
Sin embargo, el Código de Trabajo omitió delimitar la duración o tiempo máximo dentro del cual el empleador está obligado a conceder los permisos antes señalados.  La supuesta indefinición del Código de Trabajo se presta al poco control de este beneficio, ya que le resulta al empleador difícil de comprobar que la madre continúa produciendo alimento y que, además, sigue siendo su principal fuente de alimentación diaria. 
 
Ante esta norma,  regulada por la Ley 50, de 23 de noviembre de 1995, el artículo 30 de esta ley dispone que toda  madre trabajadora debe disponer de facilidades adecuadas en el centro de trabajo para extraerse el alimento materno, durante los primeros seis meses de lactancia.
 
Y mientras que el empleador tenga en el lugar de trabajo a más de 20 mujeres, está  obligado a acondicionar un local (suficientemente higiénico y reservado) para que las madres alimenten sin peligro a sus hijos. Este acondicionamiento se hará dentro de las posibilidades económicas del empleador, a juicio y con el visto bueno de la Dirección General o Regional de Trabajo.
 
Sin embargo, la realidad es otra, pues para las madres es prácticamente imposible llegar a su hogar y alimentar al bebé y regresar al trabajo. Muchos empleadores han accedido a dejar a las madres llegar una hora después de la entrada o salir una hora antes para compensar el tiempo de lactancia materna.
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